Discriminar al colectivo de jornadas reducidas en Iberia no tiene ningún sentido. O quizás sí: seguir teniendo prebendas.
Con la firma del último convenio de IBERIA se firmó el art.133 que dice que los trabajadores que estén en situación de reducción de jornada por maternidad, no percibirán dicho plus.
Esta es una medida que discrimina y desincentiva a aquellos trabajadores que quieran acogerse a esa situación, habida cuenta de que antes sí se cobraba el PLUS DE DISPONIBILIDAD que se había conseguido en los juzgados a través de denuncias individuales.
Hemos conocido recientemente que UGT y CCOO habían planteado demandas individuales alegando modificación sustancial de las condiciones de trabajo que no han sido aceptadas a trámite y que como consecuencia de eso, interpusieron un CONFLICTO COLECTIVO, que también han perdido, y que se encuentra en este momento recurrido al Supremo.
Situación paradójica ya que lo firman expresamente en el convenio y después lo denuncian para contentar a sus afiliados.
Y decimos que no deja de sorprender ya ésta fue una dura victoria de los trabajadores que se dirimió en los juzgados, que costó tiempo y dinero y que se han cargado de un plumazo.
Poco margen legal dejan para el colectivo de jornadas reducidas, que están viendo mermadas sus nóminas, si el Supremo desestima el recurso presentado por ellos.
Esta es, sin duda, una de las enajenaciones más indignantes que se recuerdan en el ámbito de la negociación colectiva ya que cercena derechos y discrimina por ser madre y/o padre.
Desde aquí, darles una vez más la enhorabuena por negociar en contra de los trabajadores y a favor de los intereses de Iberia e IAG…. que sin duda conseguirán pingües beneficios a costa de nuestras cesiones.